Trámites fiscales

Solicitud de exención del IVTM de personas con discapacidad

La Ley de Haciendas Locales establece una exención en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica a los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo; tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte, y en tanto se mantengan dichas circunstancias.

Destinatarios

Titulares de vehículos que tengan la condición legal de minusválido en grado igual o superior al 33%, sin necesidad de adaptación del vehículo; o cuando dicho vehículo se destine a su transporte.

Esta exención no resultará aplicable a los sujetos pasivos beneficiarios de la misma por más de un vehículo simultáneamente.

Trámites a seguir

Se presentará la solicitud en el Registro de Entrada de Documentos del Ayuntamiento, indicando las características del vehículo, su matrícula y la causa de la exención.

Junto con la solicitud deberá aportar la documentación necesaria según el caso:

Vehículos conducidos por personas con discapacidad

  • Certificado Oficial acreditativo del grado y clase de minusvalía expedido por el Organismo competente de la Comunidad de Madrid; o resolución del INSS reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez; o resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
  • Fotocopia del permiso de conducción.
  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
  • Fotocopia de la póliza del seguro del vehículo en la que figure el titular como conductor, debidamente firmada por la Compañía y por el Tomador o Asegurado, así como fotocopia del último recibo de pago a efectos de confirmar la vigencia de la póliza.
  • Fotocopia del D.N.I.
  • Declaración de uso exclusivo del vehículo para el transporte del beneficiario de la exención.

 

Vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad

  • Certificado de minusvalía expedido por el Organismo competente de la Comunidad de Madrid, en el que conste el grado y la clase de discapacidad padecida;o resolución del INSS reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez; o resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo unapensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.En cualquier caso deberá constar que el minusválido tiene dificultades graves de movilidad que le impiden la utilización del transporte público colectivo.
  • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
  • Fotocopia del D.N.I. del minusválido.
  • Declaración de uso exclusivo del vehículo para el transporte del beneficiario de la exención.