Ayuda escolar 2023-2024

El Ayuntamiento pone a disposición de las familias dos modalidades de ayuda escolar:

  • Ayuda escolar general: no es necesario solicitarla, solo recogerla en la fecha indicada.
  • Ayuda escolar progresiva: es necesario solicitarla en dentro del plazo.

Ver la información específica de cada una en las pestañas de debajo.

Las ayudas se conceden en forma de vales canjeables en establecimientos del municipio.

Si eres propietario de comercio y quieres adherirte a la campaña para canjear los vales, escribe un correo a educacion@aytosanlorenzo.es

  • Ayuda Escolar Progresiva

    Información sobre la ayuda progresiva

    La ayuda progresiva es incompatible con la ayuda escolar general de 65 euros.

    La ayuda progresiva debe ser solicitada por las familias hasta el 24 de mayo.

    Dirigida a todos los alumnos/as, que estando empadronados con alguno de sus progenitores o tutores con anterioridad al 1 de octubre de 2022 en San Lorenzo de El Escorial, vayan a cursar estudios de Educación Infantil de Segundo Ciclo, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional  Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio o Bachillerato en el curso 2023-2024.

    • 90 euros por alumno como máximo, para familias que perciben la renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital.
    • 80 euros por alumno como máximo, para las familias cuya renta per cápita sea inferior o igual a
      5.500 euros.

    A los efectos previstos en estas Bases, la unidad familiar estará compuesta por:

    1. Los padres o tutores encargados de la guarda y protección del menor, no separados legalmente ni de hecho.
    2. Los hijos menores de edad, con excepción de los emancipados.
    3. Los hijos mayores de edad que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, o incapacitados judicialmente, o sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada.

    En los casos de desaparición del vínculo matrimonial o en el supuesto de separación de los progenitores, tutores o acogedores entre los que no exista vínculo matrimonial, la unidad familiar se entenderá constituida por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra.

    En caso de separación judicial o de hecho, o divorcio de los progenitores, tutores o el solicitante de la ayuda. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación que conviva con el menor cuyas rentas se incluirán dentro del cómputo de la renta familiar.

    Para determinar los miembros que componen la unidad familiar el solicitante autorizará al Área de Educación el acceso a los datos de padrón.

    Esta ayuda progresiva se podrá canjear hasta el 27 de octubre de 2023 en los establecimientos del municipio adheridos a esta campaña.

    Documentación necesaria

    a) Si el año anterior el solicitante recibió una ayuda de las denominadas progresivas solo deberá presentar:

    • Solicitud cumplimentada con los datos de la unidad familiar.
    • En caso de tener reconocida una Renta Mínima de Inserción, fotocopia de la resolución actualizada de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.
    • En el supuesto de ser perceptor del Ingreso Mínimo Vital, fotocopia del certificado actualizado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social o documentación que acredite la concesión.
    • Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2021.
    • Cuando no exista obligación de declarar se deberá presentar un certificado de
      imputaciones del IRPF del año 2021.

    b) Si el año anteriorel solicitante sólo recibió la ayuda general, deberá presentar:

    • Solicitud cumplimentada con datos de unidad familiar.
    • En caso de tener reconocida una Renta Mínima de Inserción, fotocopia de la resolución actualizada de la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de
      Madrid.
    • En el supuesto de ser perceptor del Ingreso Mínimo Vital, fotocopia del certificado actualizado del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social o documentación que acredite la concesión.
    • Fotocopia de la Declaración de la Renta del año 2021.
    • Cuando no exista obligación de declarar se deberá presentar un certificado de
      imputaciones del IRPF del año 2021.
    • Fotocopia del DNI del solicitante.
    • Fotocopia del libro de familia del solicitante.
    • En el caso de acogimiento o adopción de menor, documentación oficial que lo
      acredite.
    Plazo y forma de solicitarla

    El plazo de solicitud de la ayuda progresiva es hasta el 24 de mayo.

    La solicitud deberá descargarse preferentemente en la página web (debajo) o recogerse físicamente en las dependencias municipales.

    Se podrá presentar en el Registro electrónico del Área de Educación en horario de 10:00 a 13:00 horas.

    Podrán remitirse, junto con la documentación requerida a la dirección electrónica habilitada al efecto ayudaescolar@aytosanlorenzo.es

    Todas las solicitudes, independientemente de cómo se presenten, deberán ir firmadas por el solicitante e indicar una dirección de correo electrónico a través de la cual se puedan efectuar comunicaciones al interesado, o en caso de no disponer de correo electrónico la declaración expresa de ese extremo.

    Solicitud de Ayuda Escolar Progresiva

    Listado de beneficiarios

    Listado de beneficiarios de la Escolar Progresiva

  • Ayuda Escolar General

    Información sobre la ayuda general

    No es necesario solicitar la Ayuda General, que se entregará a todos los alumnos empadronados en San Lorenzo de El Escorial con anterioridad al 1 de octubre de 2022 y que vayan a cursar estudios de Educación Infantil de Segundo Ciclo, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio o Bachillerato en el curso 2023-2024.

    • Fechas: Del día 28 de agosto al día 8 de septiembre de 2023.
    • Horario: De 10:00 a 13:30 horas y de 17:00 a 19:30 horas.
    • Orden de entrega: Se realizará atendiendo a las letras por la que comienza el primer apellido del alumno.
    • Puntos de entrega:
      • PUNTO 1: ÁREA DE EDUCACIÓN. C/ Francisco Muñoz, 2. Planta alta
      • PUNTO 2: CENTRO DE ACTIVIDADES SOCIALES Y MUJER. C/ Juan de Toledo, 27. Primera planta.

    Solo se podrán recoger los talones de la ayuda escolar en el punto de entrega que corresponda a las primeras letras del apellido del alumno y el día establecido.

    Más información: 91 890 29 41


FECHAS DE ENTREGA DE LA AYUDA ESCOLAR

Los cheques canjeables de la ayuda escolar se podrán recoger del 28 de agosto al 8 de septiembre de 2023.

PUNTO 1 ÁREA DE EDUCACIÓN (C/ Francisco Muñoz, 2. Planta alta) De 10:00 a 13:30 horas y de 17:00 a 19:30 horas. SEGÚN COMIENZO DEL PRIMER APELLIDO DEL ALUMN@
H G G F, I, J, K
D, E
28 AGOSTO 29 AGOSTO 30 AGOSTO 31 AGOSTO 1 SEPTIEMBRE
C C
B A A
4 SEPTIEMBRE 5 SEPTIEMBRE 6 SEPTIEMBRE 7 SEPTIEMBRE 8 SEPTIEMBRE
V, W, X, Y, Z
S S Q, R, U
Q, R, U
28 AGOSTO 29 AGOSTO 30 AGOSTO 31 AGOSTO 1 SEPTIEMBRE
0, T  M M L, N, Ñ
4 SEPTIEMBRE 5 SEPTIEMBRE 6 SEPTIEMBRE 7 SEPTIEMBRE 8 SEPTIEMBRE

Más información de estas ayudas en el Área de Educación

 Dirección: C/ Francisco Muñoz, 2, planta alta. 28200 San Lorenzo de El Escorial
 Teléfono: 91 890 29 41
 Correo electrónico: educacion@aytosanlorenzo.es
 Horario: de lunes a jueves de 10:00 a 13:00 horas

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