Según Orden SND/340/2020, de 12 de abril, del Ministerio de Sanidad, publicada ayer domingo en el BOE se suspenden aquellas obras en edificios existentes en las que los trabajadores deban compartir determinados espacios comunes con residentes u otros usuarios, lo que implicaría un incremento del riesgo de contagio por COVID-19.
La limitación para la actividad alcanza a toda clase de obra que suponga la intervención en un edificio ya existente, independientemente de su alcance, así como la circulación de sus trabajadores o materiales, que no sea posible independizar por completo de los espacios en los que se encuentren, temporal o permanentemente, aquellas otras personas. Dicha restricción no alcanzará a aquellas obras en las que no se produzca dicha interferencia y las obras a realizar puedan ser sectorizadas o separadas dentro del inmueble al que afecten, así como a aquellas que tengan por finalidad realizar reparaciones urgentes de instalaciones, averías o tareas de vigilancia en el propio inmueble.