Tramitación de subvención a deportistas

La Concejalía de Deportes del M.I. Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, convoca la concesión de ayudas para deportistas individuales con el objeto de fomentar y colaborar en su participación en competiciones de alto nivel.

El conjunto de estas ayudas será como máximo de 6.300 € con cargo a la partida presupuestaria 48000 del presupuesto del año 2018 del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.

Estas ayudas se destinarán a los gastos realizados por los conceptos objeto de la ayuda realizados durante el año 2018.

OBJETO Y FINALIDAD DE LA AYUDA

Las ayudas concedidas, irán destinadas a los siguientes conceptos:

  • Desplazamientos a competiciones.
  • Material deportivo.
  • Gastos de entrenamiento y participación en competiciones.

 

El importe de la ayuda recibida, en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, supere el coste de la actividad para la que fue concedida.

SOLICITANTES

Podrán solicitar las ayudas todos los deportistas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Deportistas con ficha federativa en vigor en deportes individuales y que no sean profesionales.
  • Se considera deportista a aquel cuyos méritos se hayan logrado a través de la práctica de una modalidad deportiva organizada por una de las Federación reconocidas por el Consejo Superior de Deportes o de la Comunidad de Madrid pero certificada por la correspondiente federación.
  • Estar empadronado en San Lorenzo de El Escorial con fecha anterior al 1 de Enero de 2018
  • Estar entre los 3 primeros puestos Autonómicos en su deporte y categoría, o estar entre los 10 primeros puestos Nacionales, Europeos o Mundiales, entre el 1 de Abril del 2017 y el 31 de Marzo del 2018. Estas clasificaciones se entenderán a nivel individual o por relevos, no contabilizándose la de por equipos.

Para el último requisito se deberá presentar un certificado oficial de la federación correspondiente acreditando el puesto.

DOCUMENTACION QUE DEBE ADJUNTARSE
  1. Fotocopia del N.I.F. y de la licencia federativa en vigor del deportista o certificado federativo original con el número de la misma.
  2. Presupuesto de gastos por la participación en torneos y competiciones, entrenamientos y material deportivo durante el año 2018.
  3. Relación de pruebas, competiciones o torneos en los que participará durante el año 2018.
  4. Certificado original de la Federación correspondiente acreditando los resultados deportivos del periodo comprendido entre el 1 de abril del 2017 y el 31 de Marzo del 2018. Este certificado incluirá la fecha de celebración de cada prueba deportiva en él descrita y categoría de la misma (por ejemplo; alevín, cadete, veteranos, etc.).
  5. Rellenado en su totalidad el impreso adjunto que figura como Anexo.
  6. Currículum deportivo del deportista de al menos los últimos tres años (2015, 2016 y 2017).

El Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial podrá solicitar todo tipo de documentación a los solicitantes, antes o después de la concesión de la ayuda, con objeto de comprobar la veracidad de la información entregada.

FORMA Y PLAZOS DE PRESENTACION DE SOLICITUDES

Las solicitudes se dirigirán al Concejal de Deportes del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, y serán presentadas en el Registro del Ayuntamiento, sito en la plaza de la Constitución, 3 teniendo como fecha límite, las 14 horas del día 22 de Junio del 2018.

Junto con la solicitud se entregará toda la documentación correspondiente y el Anexo rellenado y firmado; y si tras el examen de la misma esta resultara incompleta o defectuosa, la Concejalía de Deportes requerirá al solicitante de la forma prevista en el artículo 11º de esta convocatoria, para que en el plazo de 10 días aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, y si así no lo hiciese se procederá al archivo de su solicitud sin más trámite.

En caso de menores de edad la solicitud la hará su tutor legal en nombre de este.

  Impreso de solicitud de subvención para deportistas

EVALUACION DE LAS SOLICITUDES

El órgano competente para la evaluación de las solicitudes será la Concejalía de Deportes.

Para la evaluación de las solicitudes se requerirá informes y asesoramiento del servicio técnico del Area Municipal de Deportes y de cuantos otros organismos se considere necesario. Con esta documentación se aplicarán los criterios de evaluación establecidos en esta convocatoria y se procederá a elevar una propuesta de resolución a la Junta de Gobierno del M.I. Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, quien resolverá la misma.

CRITERIOS DE VALORACION

Por Ranking clasificatorio de 1 de Abril de 2017 a 31 de Marzo de 2018

  •                       1º Autonómico: 5 Puntos
  •                                   2º Autonómico: 3
  •                                   3º Autonómico: 2

 

  •                          1º Nacional: 12 Puntos
  •                                   2ºNacional: 10
  •                                   3ºNacional: 8
  •                                   4ºNacional: 7
  •                                   5ºNacional: 6
  •                                   6ºNacional: 5
  •                                   7ºNacional: 4
  •                                   8ºNacional: 3
  •                                   9ºNacional: 2
  •                                  10ºNacional:1

 

Los mismos puestos a nivel Europeo 5 puntos más y si estos son a nivel Mundial 10 Puntos más.

La puntuación por clasificación no será acumulativa si diera lugar a puntos por varias pruebas o clasificaciones, teniendo en cuenta tan sólo la que resultara más beneficiosa para cada deportista.

Este ranking se entenderá a nivel individual o por relevos, no teniéndose en cuenta el de por equipos.

Por otras situaciones

  • Ranking en categoría Absoluta:  8 Puntos
  • Hasta 19 años de edad: 5 Puntos
  • Licencia en Club local: 3 Puntos
  • Mujer: 4 Puntos
  • Minusválido (>33%): 8 Puntos
  • Por Currículum: De 1 a 5 Puntos

 

Si el deportista ha colaborado en la organización de actividades deportivas organizadas por el Área Municipal de Deportes se le aplicará 1 punto por actividad en la que haya colaborado con un máximo de 5 puntos.

Estos criterios de “Por otras situaciones” y su puntuación tendrán carácter acumulativo.

Se establecerá un mínimo de 8 puntos para poder optar a una beca, excluidos los puntos correspondientes a la colaboración en actividades organizadas por el Área Municipal de Deportes.

La suma total de los puntos obtenidos por todos los deportistas que hayan solicitado en tiempo y forma las presentes becas y reúnan los requisitos para su concesión, se dividirán entre la cantidad total destinada para estas ayudas, es decir 6.300 €, obteniéndose el valor punto, multiplicándose por los puntos de cada deportista dará como resultado la beca para cada uno de ellos.

La beca máxima anual que cada deportista podrá recibir en base a los puntos obtenidos será la siguiente:

  • Entre 8 y 20 puntos, 500 €
  • Más de 20 y hasta 25 puntos, 600 €
  • Más de 25 y hasta 30 puntos, 700 €
  • Más de 30 puntos, 850 €

 

Todos los deportistas que hayan solicitado correctamente en plazo y forma, según la presente convocatoria, una beca y reúnan los requisitos mínimos, tendrán acceso gratuito a las Instalaciones Deportivas Municipales para entrenamientos de su deporte durante doce meses desde la concesión. Si no pudiera facilitarse el entrenamiento en su deporte, se podrá acceder a otro espacio deportivo mediante solicitud expresa. En cualquier caso el acceso gratuito se limitará al uso de una instalación o espacio deportivo.

PLAZO PARA RESOLVER

El plazo máximo para la resolución de concesión de las ayudas será de dos meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No obstante si transcurrido el citado plazo no hubiese resolución expresa, se entenderá denegada la concesión de la ayuda solicitada. La resolución será notificada a cada beneficiario de la forma prevista en el artículo 11º de esta convocatoria, no siendo notificadas aquellas solicitudes que hayan sido denegadas.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Los beneficiarios de estas ayudas quedarán obligados a:

  1. Realizar la actividad para la que se concedió la ayuda.
  2. Acreditar ante la Concejalía de Deportes la realización de la actividad, así como que reúne todos los requisitos establecidos en esta convocatoria.
  3. Presentar los justificantes de la ayuda previamente al cobro de la misma.
  4. Someterse a las correspondientes actuaciones de comprobación por parte del M.I. Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial así como de cualquier otro organismo que sea competente para ello.
JUSTIFICACION DE LAS AYUDAS

La justificación de las ayudas recibidas se realizará en el registro del M.I. Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial antes del día 30 de Noviembre del año 2018 y en todo caso previamente al cobro de las mismas. No abonando el Ayuntamiento, por tanto, la ayuda concedida hasta no se haya justificado la misma con facturas por importe igual o superior a la ayuda concedida. Esta justificación se hará aportando la siguiente documentación.

  1. Memoria de las actividades realizadas durante el año 2018 y que han sido objeto de la ayuda.
  2. Copia de los justificantes de gastos de las actividades, los cuales deberán de reunir las siguientes condiciones:
    1. La suma de los importes de todos los justificantes será como mínimo la cantidad de la beca concedida.
    2. La fecha de todos ellos estará comprendida dentro del año 2018.
    3. Irán todos a nombre del deportista, excepto los menores de edad que podrán ir a nombre de sus tutores legales.
    4. Los justificantes deberán contener además el NIF del deportista el IVA o los impuestos legalmente repercutibles.
    5. Deberá de figurar claro el concepto del gasto en cada justificante.
    6. En caso de billetes de viaje, facturas de alojamiento o justificantes de gasolina, deberá además acompañarse cada justificante de este tipo de una nota aclaratoria en la que se explique la prueba deportiva a la que se ha asistido con este gasto.
  3. Certificado del Deportista en el que haga constar que la ayuda ha sido destinada en su integridad a los fines para los que fue concedida.

 

MODIFICACION O REVOCACION DE LAS AYUDAS

Será motivo de revocación de las ayudas concedidas, procediéndose al reintegro de las cantidades percibidas, las siguientes causas:

  1. a) El incumplimiento de la obligación de justificación de la ayuda concedida en el plazo y forma previsto en la presente convocatoria.
  2. b) Obtener la subvención sin las condiciones requeridas para ella.
  3. c) Incumplimiento de la finalidad para la que la ayuda fue concedida.
  4. d) La negativa u obstrucción al control que se establece en la presente convocatoria.
  5. e) En el supuesto de que la ayuda concedida, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas de entidades públicas nacionales o internacionales superen el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, este procederá al reintegro del exceso habido.
NOTIFICACIONES

De conformidad con lo dispuesto en la ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las notificaciones y avisos relacionados con la presente convocatoria se expondrán al público en el tablón de anuncios del M.I. Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial en la plaza de la Constitución, 3.

  Impreso de solicitud de subvención para deportistas

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